sábado, 26 de junio de 2010

Crédito autorizado al Ejecutivo: incongruente e insustentable.


Junio 26, 2010.

Con 9 votos en contra, uno de la Representación Parlamentaria del PRD, y el resto de la bancada panista, excepto Jaime Yañez Peredo y Luis Manuel Calzada Herrera, y 16 votos a favor, el Congreso aprobó la solicitud de crédito del Gobierno del Estado por casi 500 millones de pesos. El Diputado Felipe Abel Rodríguez Leal expuso que se encuentran numerosas inconsistencias en la Iniciativa, como el hecho de que a pesar de existir un ahorro presupuestal de 1 mil 150 millones 814 mil pesos, según el Informe Financiero Trimestral que el Ejecutivo presentó a la LIX Legislatura, se recurre al crédito.

En este tenor, Felipe Abel señaló que, antes de entrar en materia de análisis del crédito, el Secretario de Finanzas debió presentarse para justificar la necesidad financiera para la contratación de este. Además de que debe la Iniciativa no cumple con los requisitos que exige el marco legal, ni precisa en cada Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos las modificaciones propuestas por el Estado y por cada Ayuntamiento, para que éstas sean autorizadas por el Congreso.

El legislador manifestó que desconoce la razón por la cual dicho informe no incluyó los Estados Financieros, tanto los de los ayuntamientos como los de Gobierno del Estado, de conformidad con la obligación impuesta en la Leyes de la Auditoría Superior del Estado. Pues es no se pueden comprometer las Aportaciones Federales de otros Ayuntamientos, sin consentimiento previo de sus Cabildos, para avalar el crédito de los otros Ayuntamientos solicitantes, pues la deuda se solventaría con recursos que en justicia deben ser proveídos a otros municipios.

Rodríguez Leal dijo que nunca se acreditó que el Ayuntamiento de la Capital esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de información al Registro de Deuda Pública Municipal, así como tampoco se incluyeron las modificaciones respectivas a cada Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, a manera de comprometer legalmente el destino final de cada crédito ejercido por el Estado y por cada Municipio, para su aprobación.

Así mismo hizo mención de que es indispensable reconocer que la Iniciativa, a pesar de la reticencia natural del Ejecutivo, es una solicitud de autorización para la contratación de crédito público, que aumenta el saldo de la Deuda Pública Estatal y el de los Ayuntamientos, y en este sentido el dictamen votado no manifiesta o acredita que los Ayuntamientos impetrantes disponen de elementos económicos suficientes para hacer frente a la obligación contraída, en los montos y plazos conforme a su programa financiero.

De acuerdo a las codificaciones aplicables, se debió anexar al dictamen a votación, las 16 Actas de Cabildo que, según afirma en la iniciativa enviada por el Ejecutivo, respaldan la autorización para la solicitud de este crédito de cada Ayuntamiento. De igual manera indicó el perredista que se debió de incluir la solicitud individual que remitió cada Ayuntamiento al Poder Ejecutivo para solicitar formalmente su adhesión como fideicomitente de este nuevo financiamiento.

Además de que la solicitud de crédito no precisa el costo individual de cada una de las obras a financiar de cada instancia solicitante, el costo y la ubicación de la obra pública productiva específica a que se obliga cumplimentar cada entidad pública solicitante. Esto lo establecen la Ley de Deuda Pública y la de Presupuesto, Contabilidad y Gasto.

“No precisarlo a través de la modificación exacta en las respectivas Leyes de Ingresos y de Presupuesto de Egresos, equivale a otorgar un cheque en blanco a cada entidad pública, con la consecuente violación a la Constitución Política Federal”, aseguró Rodríguez Leal. Además de que señaló que en la Iniciativa del Ejecutivo no se consigna la tasa de referencia para el cobro de intereses, ni la sobretasa que se cobrará al Gobierno del Estado y a cada Municipio.

De la misma manera puntualizó que existe un vacío de información en cuanto al plazo que establecerse para el Ejecutivo y para los Ayuntamientos, pues por razones de período constitucional, son diferentes los vencimientos del crédito.

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