miércoles, 26 de octubre de 2011

Toranzo pretende castigar con cárcel a quien insulte a las autoridades.

• Concibe la figura de la autoridad gubernamental como intocada, coartando la libertad de expresión.

• Ciudadanos en un riesgo latente de incurrir en un delito aún sin intención, al hacer uso cotidiano de los dispositivos de comunicación.

• Tipificación de uso indebido de sistemas de emergencia pone en grave riesgo a los usuarios de redes sociales.

Octubre 26, 2011.

El diputado Felipe Abel Rodríguez Leal indicó que el dictamen que aprueba diversas reformas al Código Penal propuestas por el Gobernador del Estado, Fernando Toranzo Fernández, atenta gravemente contra la libertad de expresión de la ciudadanía, ya que se pretende disfrazar el interés legítimo por contener la práctica de las llamadas falsas de auxilio, con la intención autoritaria de castigar los cuestionamientos a la autoridad.

El perredista consideró que este resolutivo de las comisiones de Justicia y Seguridad Pública, es en su conjunto un instrumento del poder punitivo del Estado al servicio del gobernador, y que de ser aprobado este jueves en el Pleno, el Congreso atentaría gravemente contra las libertades políticas más básicas, como es la de cuestionar la actuación de la autoridad.

Explicó que la propuesta del gobernador equipara el delito de ultrajes a la autoridad a las instituciones públicas y a las insignias, y que se sancionará como tal, a quien a través de los sistemas de emergencia, utilizando cualquier medio de telecomunicación, como teléfono, radio, celular, internet u otros de efectos o alcances similares realice bromas o insulte a la autoridad.

En este sentido señaló que el tema de los insultos a la autoridad está de más, impostado artificial y artificiosamente en la iniciativa de Toranzo Fernández, y que el dictamen de manera errada concibe la figura de la autoridad gubernamental como intocada, coartando gravemente las libertades básicas de criticar, cuestionar y señalar los actos de las autoridades.

El legislador del sol azteca aseguró que el resolutivo es ambiguo y por lo tanto autoritario, ya que no se refiere a un fenómeno específico que sea fácilmente de integrar en una averiguación previa, y por ende concede un margen amplio de interpretación a la Procuraduría del Estado y al Poder Judicial de lo que se considera insulto, lo que ubica a los ciudadanos en un riesgo latente de incurrir en ese delito aun sin intención, al hacer uso cotidiano de sus dispositivos de comunicación.

“Este dictamen es un mecanismo para sancionar con prisión a las personas por criticar la actuación gubernamental en todas sus esferas”.

En cuanto al delito de falsedad de reporte o llamada de auxilio, el instrumento legislativo establece que el delito se castigará con prisión de seis meses a tres años, lo que consideró excesivo, pues aunque que las llamadas falsas de la ciudadanía distraen recursos de los servicios de emergencia y la práctica es recurrente, sostuvo que el pretender inhibir esa conducta privando de libertad es indebido y gravísimo, pues la sanción pecuniaria sería suficiente para desalentar esa práctica.

Por otra parte en lo referente al delito de uso indebido de sistemas de emergencia, Rodríguez Leal dijo que es la versión de la Ley Duarte de Veracruz, para supuestamente sancionar a quienes buscan desestabilizar a las instituciones a través de la divulgación de información incorrecta, lo que aseguró pone en grave riesgo a los usuarios de redes sociales de ser criminalizados por comunicar hechos o datos que no deben ser susceptibles de señalamiento o persecución policial.

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